DERECHOS DEL NIÑO
- Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
- El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
- El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.
LOS DERECHOS DEL NIÑO.
Constantemente escuchamos que los Derechos de los menores son violentados; por ejemplo: En los estratos de pobreza a muchos menores se ven en la necesidad de trabajar y ayudar con los gastos del hogar y abandonar sus estudios, otros menores trabajan y estudian; algunas veces realizando trabajos arriesgados poniendo en peligro su vida, asumiendo una responsabilidad a temprana edad y no gozar y disfrutar como niño o niña.-
Otro ejemplo en que se violentan los Derechos de los niños o niñas es de que existen muchos menores que no saben quien es su padre y debido a esa irresponsabilidad en cuanto a su filiación es decir de que no tienen padre y que la madre se ve forzada a asumir los dos roles de padre y madre al mismo tiempo por lo que el niño crece en una desintegración familiar, entre otros.
Por lo que considero que el Estado debería de implementar politicas que apoyen a este tipo de casos en dónde estan en juego los derechos de los niños y niñas.
En nuestro país las leyes que regulan los Derechos del Niño /Niña son:
- Constitución de la República.
- Código de Familia.
- Convención sobre los Derechos del Niño.
- Declaración Universal de los Derechos del Niño.
DEFINICIÓN DE NIÑO.
La Convención sobre los Derechos del Niño, establece que se entiende por niño: todo ser humano Menor de dieciocho años de edad.
Teniendo presente que como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, “el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como des-pues del nacimiento.- De ahí que el Estado protege al niño atraves de diferentes leyes nacionales e internacionales, por ejemplo atraves de la Constitución de la República, Código de Familia vigente, y Tratados Internacionales.
PRINCIPIOS DE INTERPRETACION Y APLICACION DEL DERECHO DE LOS NIÑOS Y NIÑAS
Siempre que sea posible establecer medidas fuera del ámbito judicial respetando los derechos humanos y las garantías jurídicas para dirimir las controversias. (Art. 40 Convención de los Derechos del Niño).
Obligación de que los casos en que se hallen involucrados niñas/os se tramiten con la mayor rapidez. Evitar demoras innecesarias. Para evitar dificultades intelectuales y psicológicas mayores.
CONFIDENCIALIDAD.
Los expedientes deben ser estrictamente confidenciales para proteger los intereses del niño/a. Los registros de niñas y niños, serán estrictamente confidenciales solo tendrán acceso personas debidamente autorizadas.
Todo personal deberá tener competencia profesional e idoneidad para trabajar con niños/as.-
HISTORIA SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO.
Convención sobre los Derechos del Niño fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en noviembre de 1989.
La Convención de los Derechos del Niño es un conjunto de normas acordadas que deben respetar todos los países que la firmaron y ratificaron.
DEFINICION DE DERECHO.-
La anterior definición da cuenta del Derecho positivo o efectivo, pero no explica su fundamento; por ello juristas, filósofos y teóricos del Derecho han propuesto a lo largo de la historia diversas definiciones alternativas, y distintas teorías jurídicas sin que exista, hasta la fecha, consenso sobre su validez. El estudio del concepto del Derecho lo realiza una de sus ramas, la Filosofía del Derecho. Con todo, la definición propuesta inicialmente resuelve airosamente el problema de "validez" del fundamento del Derecho, al integrar el valor Justicia en su concepto.
Desde el punto de vista objetivo, dícese del conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social. Esto sin tener en cuenta si es o no justa; es decir que si se ha llevado a cabo el procedimiento adecuado para su creación, existe la norma sea justa o no lo sea.