DERECHOS DEL NIÑO

jueves, 23 de octubre de 2008
El niño disfrutará de todos sus derechos reconocidos en las leyes estatales e internacionales de cada pais sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia. Es decir que:
  • Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
  • El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
  • El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.

LOS DERECHOS DEL NIÑO.

viernes, 17 de octubre de 2008

Constantemente escuchamos que los Derechos de los menores son violentados; por ejemplo: En los estratos de pobreza a muchos menores se ven en la necesidad de trabajar y ayudar con los gastos del hogar y abandonar sus estudios, otros menores trabajan y estudian; algunas veces realizando trabajos arriesgados poniendo en peligro su vida, asumiendo una responsabilidad a temprana edad y no gozar y disfrutar como niño o niña.-

Otro ejemplo en que se violentan los Derechos de los niños o niñas es de que existen muchos menores que no saben quien es su padre y debido a esa irresponsabilidad en cuanto a su filiación es decir de que no tienen padre y que la madre se ve forzada a asumir los dos roles de padre y madre al mismo tiempo por lo que el niño crece en una desintegración familiar, entre otros.

Por lo que considero que el Estado debería de implementar politicas que apoyen a este tipo de casos en dónde estan en juego los derechos de los niños y niñas.

En nuestro país las leyes que regulan los Derechos del Niño /Niña son:

  1. Constitución de la República.
  2. Código de Familia.
  3. Convención sobre los Derechos del Niño.
  4. Declaración Universal de los Derechos del Niño.

DEFINICIÓN DE NIÑO.

miércoles, 8 de octubre de 2008

La Convención sobre los Derechos del Niño, establece que se entiende por niño: todo ser humano Menor de dieciocho años de edad.

Teniendo presente que como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, “el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como des-pues del nacimiento.- De ahí que el Estado protege al niño atraves de diferentes leyes nacionales e internacionales, por ejemplo atraves de la Constitución de la República, Código de Familia vigente, y Tratados Internacionales.